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Suspenden la disposición que autorizaba la venta de Misoprostol en todo el país

Lo decidió la jueza Cecilia Gilardi de Negre, subrogante en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº 11.

El pasado jueves, la Justicia hizo lugar parcialmente a una medida cautelar solicitada por dos asociaciones civiles contra la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y suspendió la disposición que autorizaba a un laboratorio la venta de Misoprostol para la interrupción del embarazo.

La medida cautelar, presentada por la Asociación para la Promoción de Derechos Civiles y la Asociación Civil Portal de Belén ante la jueza Cecilia Gilardi de Negre, subrogante en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº 11, buscaba que se declare la "nulidad absoluta e insanable" por inconstitucional del "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo", según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal incisos 1º y 2º por violación al derecho a la vida.

De acuerdo a la disposición del Ministerio de Salud, el Misoprostol presenta seguridad para uso ambulatorio con seguimiento médico sin riesgos para la gestante si se realiza durante el primer trimestre del embarazo.

El medicamento permite que la gestante con su médico habitual pueda decidir cómo y dónde llevar adelante la interrupción del embarazo de configurarse alguna de las causales de interrupción legal del embarazo (ILE) y no la obliga a concurrir al subsistema público de salud.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) había autorizado a través de la disposición 946-12/10/2018 que el misoprostol 200 se vendiera en las farmacias bajo receta archivada en presentaciones de 4, 8 y 12 comprimidos. El uso institucional y hospitaliario ya estaba autorizado por AMNAT desde el 2 de julio de ese año.

En su fallo, Gilardi de Negre destacó que de la lectura del prospecto del medicamento surgen las “precauciones y advertencias”, dentro de las que se enuncia que “debe ser utilizado siguiendo una estricta observación de la dosis y régimen recomendados. Además, "debe ser utilizado únicamente en centros hospitalarios con acceso a cuidados intensivos y cirugía de urgencia”.

Si bien se resolvió suspender la disposición que autorizaba su venta, la jueza rechazó en cambio la suspensión del protocolo y la implementación hospitalaria del misoprostol, que seguirán vigentes.

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